El gobierno porteño labró 95 multas y secuestró dos micros escolares este miércoles durante la protesta organizada por movimientos sociales en el centro de la Ciudad de Buenos Aires.
Las sanciones se enmarcan en la implementación del Código de Tránsito y el Régimen de Faltas que fue reformado en noviembre pasado por iniciativa del oficialismo. Se trata de la primera vez que se aplica.
El operativo estuvo a cargo de la Secretaría de Transporte y efectivos del Ministerio de Justicia y Seguridad.
«Un conductor profesional debe conocer mejor que cualquiera las reglas para operar en la Ciudad y respetarlas para no poner en riesgo la seguridad vial de ningún vecino. Un colectivo que es habilitado como transporte escolar tiene terminantemente prohibido ser utilizado con otro fin. En este caso, a los micros escolares se les otorga un permiso para transportar niños en forma segura», explicó Juan José Méndez, secretario de Transporte porteño.
Según fuentes oficiales, se labraron 95 multas por transporte indebido ($32.100) y estacionamiento indebido ($2.140). Una por patente adulterada ($25.680), una por falta de habilitación ($42.800) y otra por falta de licencia de conducir ($8.560).
Entre otros puntos, la Legislatura había reglamentado sanciones más duras contra los transportes de pasajeros que funcionen en forma irregular, como el caso de la aplicación UBER. Y también impuso penas más duras contra los micros escolares que trasladenmanifestantes sin la habilitación correspondiente.
Con el viejo Código de Tránsito los micros con manifestantes solo podían ser multados por mal estacionamiento.
Según el texto de la nueva ley, cuando «un vehículo de transporte escolar» circulara con licencia vencida, tuviera la licencia adulterada o estuviera inhabilitado, prestara servicio de transporte de pasajeros sin habilitación, fuera evidente la disminución de las condiciones psicofísicas del conductor, incurriera en exceso de velocidad, cruzara en rojo, o circulara por la metrovía o bicisenda, se «procederá a la suspensión del servicio, de la habilitación del conductor y/o del vehículo por un periodo de dos (2) hasta de seis (6) meses de acuerdo a la gravedad y a la reiteración de las faltas».